¡EXIGE
TU PENSIÓN POR VEJEZ!
Sólo 3 de cada 10 mexicanos reciben una pensión para su vejez. Esto se debe a que los trabajadores mexicanos desconocen el procedimiento para reclamar dicha prestación. La información que otorga el IMSS a los derechohabientes es prácticamente nula, provocando que los trabajadores nunca lleguen a reclamar este beneficio.
De manera premeditada, el IMSS
promueve la desinformación en relación a los tramites de las pensiones por
vejez, pues los afiliados al intentar obtener
esa prestación son despachados con largas y evasivas que llegan a durar
meses e incluso años. El problema se torna grave cuando algunos trabajadores solicitan la intervención de sus sindicatos o se
organizan para exigir esta prestación como derechohabientes; en estos casos,
las autoridades del IMSS se encargan de negarles cualquier búsqueda a los
representantes gremiales argumentando que la información de los afiliados es confidencial y personal. Así los trabajadores
quedan en estado de indefensión, sin
saber a quien recurrir.
Esto tiene una explicación. Cuando en 1943 se creó el IMSS con el sistema de
pensiones en México, la esperanza de
vida de la población era de 50 años, y en la actualidad es de 75, por tanto,
podemos determinar que ahora no hay dinero suficiente para el pago de los
pensionados porque los trabajadores vivieron más de lo que se tenía proyectado.
La mejor manera que tiene el IMSS para eludir esta responsabilidad es la
desinformación.

Es necesario conocer que los trabajadores
inscritos al IMSS antes de 1997 tienen derecho a seguir protegidos con la Ley
de 1973 y, por tanto, pueden solicitar su pensión en el mismo instituto, aun
cuando hayan dejado de trabajar por mucho tiempo o hayan cambiado de trabajo
después de esa fecha. Lo único que tienen
que hacer es cumplir con los siguientes requisitos:
1.- Haber cotizado 500 semanas (10 años) al IMSS (ley de
1973 artículo 138).
2.- Tener 60 años de edad.
3.- Cotizar nuevamente 52 semanas (1 año) si tienes muchos años sin estar inscrito en el IMSS.
Lo
anterior se fundamenta en los siguientes artículos de la Ley del Seguro Social:
Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio
conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de
invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por
sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja. Este tiempo de conservación de derechos no
será menor de doce meses.
Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y
reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones
anteriores, en la forma siguiente: … III. Si el reingreso ocurre después de seis años de
interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al
reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento…
Compañero trabajador
organízate y exige tus pensiones, contáctanos.
Hola que tal, buen día, pues antes que nada, se agradece la información obtenida, ya que sirve mucho para combatir la desinformación del trabajador; la cuestión aquí es que soy trabajador de una empresa de la ciudad de Orizaba Ver. Y estoy interesado en una asesoría un poco más personal y directa.
ResponderEliminarQuisiera saber si tienen algún número telefónico en el cual pueda obtener información de manera más concisa y así responder mis preguntas.
De ante mano, muchas gracias y esperó tener respuesta.
Yo trabajo para una empresa ,qqe jamás se hace responsable de sus obligaciónes,donde podemos recurrir?
ResponderEliminarYo trabajo para una empresa de transporte de pasaje, pero la empresa jamás se hace responsable de sus obligaciones, donde puedo acudir para asesoría?
ResponderEliminarRecomiendo encarecidamente los servicios de préstamos del Sr. Pedro a cualquier persona que necesite ayuda financiera y lo mantendrán al tanto de los directorios altos para cualquier otra necesidad. Una vez más, lo felicito a usted ya su personal por su extraordinario servicio y atención al cliente, ya que es un gran activo para su empresa y una experiencia agradable para los prestatarios como yo. deseándole todo lo mejor para el futuro. señor, pedro es la mejor manera de obtener un préstamo fácil, aquí está su correo electrónico .. pedroloanss@gmail.com agradecido. Puede comunicarse con el Sr. Pedro Jerome para obtener la siguiente ayuda financiera, como préstamos hipotecarios, préstamos para automóviles, préstamos comerciales, préstamos personales, préstamos comerciales, préstamos SBA.
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