jueves, 17 de mayo de 2012

EXIGE TU REPARTO DE UTILIDADES

Compañero trabajador, debes saber que  la empresa donde trabajas está obligada a entregarte parte de sus ganancias, sí, así como lo oyes, es un derecho constitucional, que debes exigir. 
            En la asamblea constituyente de 1857, Ignacio Ramírez, “el nigromante” lanzó la propuesta de  la participación en las utilidades entre los dos factores de la producción”, años después, en 1916, el diputado obrero Carlos L. Gracidas,  volvió a proponerlo de la siguiente manera:   Soy partidario de que al trabajador, por precepto constitucional, se le otorgue el derecho de obtener una participación en los beneficios de quien lo explota”, pero quien finalmente firma el dictamen donde se aprueba la inclusión  de la participación de los trabajadores en las utilidades es el Gral. Francisco J. Múgica, en 1917, y se incluye actualmente en la fracción IX del artículo 123 de la Constitución Política de México.


            El patrón está obligado a entregarte año con año, parte del dinero obtenido como ganancias. Actualmente cada patrón debe repartir entre todos sus trabajadores el 10% del total de sus ganancias.
            Esta obligación no es disculpable, solamente las industrias de nueva creación que no tengan fines de lucro o  que obtengan ganancias menores a 300,000 pesos, no repartirán utilidades, todas las demás empresas tienen la obligación de entregarte copia de la declaración ante hacienda  y entregarte tu pago antes del mes de junio.
            Sin embargo, en los hechos, los trabajadores mexicanos son continuamente burlados, pues nunca se les entrega  copia de la declaración de hacienda e ignoran cuanto les corresponde o, en el mejor de los casos, si les entregan utilidades, se conforman con lo que reciben y no hacen más averiguaciones.

            Muchas veces  ignoran la existencia de esta prestación y la forma efectiva de  reclamarla. En la Ley Federal del Trabajo se establece procedimiento de HUELGA para reclamar el pago de utilidades, incluso este recurso es aplicable  cuando no es entregada a los trabajadores la copia de la declaración en hacienda.
            El fundamento legal establecido en la LFT es el siguiente:
Artículo 450.- La huelga deberá tener por objeto: V. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades; 

Artículo 117.- Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las
Utilidades de las Empresas.

Artículo 121.- El derecho de los trabajadores para formular objeciones a la declaración que presente el patrón a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se ajustará a las normas siguientes: I. El patrón, dentro de un término de diez días contado a partir de la fecha de la presentación de su declaración anual, entregará a los trabajadores copia de la misma. 

Artículo 122.- El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores

Artículo 129.- La participación en las utilidades a que se refiere este capítulo no se computará como parte del salario, para los efectos de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores. 

Artículo 992.- Las violaciones a las normas de trabajo cometidas por los patrones o por los trabajadores, se sancionarán de conformidad con las disposiciones de este Título, independientemente de la responsabilidad que les corresponda por el incumplimiento de sus obligaciones.

            Por tanto, si no te entregan tus utilidades o te las entregan sin copia  de  la declaración de hacienda, debes pedir a tu sindicato que emplace a huelga a la empresa y obligue al patrón a entregarte las utilidades que te corresponden.
 
            Si la empresa se niega podrás estallar la huelga y mantenerla legalmente, hasta que se te paguen, además el patrón podrá ser sancionado con un monto de 15 a 315 veces el salario mínimo ante las autoridades del trabajo. Compañero trabajador organízate para exigir las utilidades que te corresponden.

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